Personas que intervienen en una letra de cambio

En la emisión y circulación de una letra de cambio intervienen las siguientes personas:

1. Librador o girador: Es aquel que pone en circulación una letra de cambio, dando la orden para que se efectúe el pago.

2. Librado: Es aquel  a quien se da la orden de pago, la cual puede o no aceptar.  En caso de que acepte, quedará obligado a efectuarlo, pasando a denominarse aceptante.

3. Portador o beneficiario:  Es el titular del crédito representado por la letra, quien deberá presentarla para su aceptación y cobro en los plazos que correspondan. Deberá, además, protestarla si no es aceptada o pagada. 

Eventualmente también pueden intervenir en la circulación de la letra las siguientes personas:

-Endosante: Aquel que endosa una letra, con alguna de las finalidades que más adelante se señalarán.

-Endosatario: Aquel en cuyo favor se endosa la letra. El tenedor se considera portador legítimo si justifica derecho por una serie no interrumpida de endosos, aunque el último esté en blanco.

      -Avalista: Persona que garantiza el pago de la letra.