Personas que intervienen en una letra de cambio
En la emisión y circulación de una letra de cambio intervienen las siguientes personas:
1. Librador o girador: Es aquel que pone en circulación una letra de cambio, dando la orden para que se efectúe el pago.
2. Librado: Es aquel a quien se da la orden de pago, la cual puede o no aceptar. En caso de que acepte, quedará obligado a efectuarlo, pasando a denominarse aceptante.
3. Portador o beneficiario: Es el titular del crédito representado por la letra, quien deberá presentarla para su aceptación y cobro en los plazos que correspondan. Deberá, además, protestarla si no es aceptada o pagada.
Eventualmente también pueden intervenir en la circulación de la letra las siguientes personas:
-Endosante: Aquel que endosa una letra, con alguna de las finalidades que más adelante se señalarán.
-Endosatario: Aquel en cuyo favor se endosa la letra. El tenedor se considera portador legítimo si justifica derecho por una serie no interrumpida de endosos, aunque el último esté en blanco.
-Avalista: Persona que garantiza el pago de la letra.