Clases De Cheque
- Cheque al portador: puede ser cobrado por su tenedor, bien porque esté librado << Al Portador >> o bien porque no se haya especificado nombre alguno.
- Cheque Nominativo: cheque librado a favor de una persona o entidad determinada. Para su cobro, el beneficiario debe firmar el dorso.
- Cheque “para abonar en cuenta”: Si un cheque lleva escrita la expresión “abonar en cuenta” significa que el dinero no se podrá retirar en efectivo, sino que tendrá que ser ingresado en una cuenta bancaria. Esto se hace para reducir el riesgo en caso de pérdida o robo.
- Cheque conformado: Es aquel en el que la entidad bancaria que ha de pagarlo asegura al que lo va a cobrar que el que expide el cheque tiene fondos y que en consecuencia se pagará. Para ello, la entidad anota en el documento la expresión "conforme", "certificado" u otra parecida y la firma. Para garantizar la operación, la entidad retiene al que expide el cheque la cantidad necesaria para pagarlo, además de la comisión que corresponda.
- Cheque Cruzado: si se desea que el cheque no sea cobrado en dinero en efectivo en la caja del Banco, sino que la cantidad sea depositada en otra cuenta corriente, al cheque se le trazan dos líneas paralelas en forma transversal. Esto se llama cheque cruzado o para depósito. Los cheques al Portador, a la Orden y Nominativo pueden ser Cruzados.
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Cheque en moneda extranjera: Una persona física o jurídica (beneficiario) cliente del Banco, solicita el envío al cobro de un cheque en moneda extranjera (divisas) emitido a su favor, girado sobre un banco del exterior.
El importe del cheque estará disponible una vez que los fondos hayan sido acreditados en la cuenta del banco corresponsal designado por el Banco.El beneficiario solicitará al Banco el ingreso de las divisas, aplicándose la normativa cambiaria vigente en función al concepto declarado por el mismo. -
Ej Cheque Nominativo: